AMLO
Diario Oficial de la Federación
reforma judicial
El pasado 15 de septiembre, previo a los festejos del Grito de Independencia en México, el presidente Andrés Manuel López Obrador, en compañía de Claudia Sheinbaum Pardo, firmó el decreto de la reforma constitucional al Poder Judicial. Con ello, en la edición vespertina del DOF, del mismo 15 de septiembre, se publicó el decreto.
Sin embargo, la jueza federal del Décimo Noveno de Distrito, con sede en Coatzacoalcos, Veracruz, Nancy Juárez Salas, concedió una suspensión definitiva para que la publicación relacionada con la reforma al Poder Judicial se elimine del Diario Oficial de la Federación, ya que, explica, se incurrió en violaciones al procedimiento de aprobación. Dicha instrucción quedó dirigida tanto para el presidente López Obrador, quien signó el documento, como para el actual director del DOF.
La juzgadora destacó que, el 12 de septiembre concedió una suspensión provisional para evitar la promulgación o publicación de la reforma. Hecho que no fue tomado en cuenta por el titular del Poder Ejecutivo, en este caso, AMLO. Asimismo, agregó que, en caso de que el director del Diario Oficial de la Federación no cumpla con lo marcado por la jueza, éste podría ser procesado penalmente por desacatar el mandato judicial.
Además, consideró que la publicación de la reforma Judicial en el DOF, y su correspondiente entrada en vigor, podrían provocar “daños irreparables” para quienes integran el Poder Judicial en México. Así como también para la sociedad mexicana en conjunto. Por lo que ordenó que las cosas retomen su estado original, previo a la publicación del decreto.
La suspensión por parte de la jueza ordena que la publicación de la reforma en el Diario Oficial se suspenda hasta que se resuelva el juicio de amparo promovido. Además, destacó que “si se concede que el orden público e interés social se privilegie de forma arbitraria sobre los derechos humanos, se incurriría en violaciones al artículo primero constitucional”. Lo anterior, añadió, debido a que se se decantaría por un “estado totalitario”, donde los individuos son un fin para beneficio y desarrollo del estado. Y no el estado es el medio para garantizar los derechos de los gobernados.
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“De no concederse la medida cautelar, se privará de los principios que rigen la Independencia Judicial y la impartición de justicia, como son la imparcialidad, objetividad, profesionalismo y así como la división de poderes por el tiempo que dure el juicio de amparo. Lo que provocaría daños de imposible reparación”. Informó.
Juárez Salas agregó que la suspensión definitiva, con efectos restitutorios, es procedente. Esto para que el presidente López Obrador y el titular del DOF, en el ámbito de sus respectivas consecuencias, eliminen la publicación mencionada hasta que se notifique a las autoridades responsables el auto en que cause ejecutoria.