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Inicio / Política / ‘No hay censura; los derechos de las audiencias son un principio constitucional’: Sheinbaum

Nacional

Claudia Sheinbaum

Derechos de las Audiencias

‘No hay censura; los derechos de las audiencias son un principio constitucional’: Sheinbaum

agosto 4th, 2026Fuente: Noticias Radiorama
No hay censura el derecho de las audiencias es un principio constitucional Sheinbaum

La consejera jurídica del Ejecutivo, Luisa María Acalde, señaló que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias no hablan de sancionar contenidos ni que el Estado determinará qué es verdad y qué no.

Durante la conferencia matutina de este martes 4 de agosto de 2026, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, señaló que los derechos de las audiencias son un principio que se establece en el artículo 6 de la Constitución Política. Por lo que no constituye un mecanismo de censura, sino que garantiza el derecho al libre acceso a información plural y oportuna.

“Lo que hay en el fondo es que no están de acuerdo con nuestro gobierno, porque ellos quisieran tener los mismos privilegios que tenían antes; pero ya no, México cambió, y cambió porque el pueblo de México lo decidió”, destacó la presidenta.

“¿Hay censura? No hay censura. ¿No se está de acuerdo con los lineamientos? Pues hay que buscar adecuarlos para que sean más claros. Pero el derecho de las audiencias es un principio constitucional”, agregó.

La mandataria mexicana indicó que el párrafo segundo del artículo 6 establece que: “Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna. Así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

Por su parte, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, refirió que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias (que siguen en consulta ciudadana hasta el 21 de agosto) no hablan de sancionar contenidos. Ni que el Estado determinará qué es verdad y qué no. Sino que los propios medios de comunicación son quienes deben de emitir un Código de Ética estableciendo cómo garantizar que la información sea certificada y verificada. Además de nombrar a un defensor de audiencias y poner a disposición mecanismos de defensa.

Distinción entre publicidad y contenido

Añadió que los lineamientos establecen la distinción entre publicidad y contenido.  Ello para que las audiencias reconozcan cuando alguna publicación pagada:

  • En televisión: Deberá hacer la mención de que es un espacio comercializado o mostrarse en la pantalla, de forma clara, legible y visible, el símbolo “P”. Y, al final de cada contenido, se mostrará en pantalla: “Este programa contó con Espacios Comercializados y/o Patrocinados”.
  • En radio: Se deberá expresar verbalmente de forma clara y previa, que se trata de Publicidad.

También te recomendamos leer: Sheinbaum firma decreto para fortalecer la transparencia en el Gobierno de México

De igual manera, esta distinción se deberá establecer cuando se trata de opinión e información:

  • En televisión: En Contenidos noticiosos, o que cuenten con secciones informativas o noticiosas específicas, deberán colocarse plecas, cortinillas, mensajes en la pantalla o cualquier otro elemento, que permita identificar plenamente que la persona informadora, comentarista o conductora, expresa de forma indistinta, sus opiniones y mensajes noticiosos.
  • En radio: Se deberán incorporar elementos sonoros que permitan identificar plenamente que, en el contenido, la persona informadora, comentarista o conductora, expresa de forma indistinta, sus opiniones y mensajes noticiosos o únicamente opiniones. Dichos elementos se deberán incorporar al inicio y al final del contenido.

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  • Etiquetas: Claudia Sheinbaum, Derechos de las Audiencias

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