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Sheinbaum firma decreto de ‘entornos digitales seguros’ para menores
octubre 14th, 2026Fuente: Noticias Radiorama
Las plataformas estuvieron de acuerdo en la propuesta de entornos digitales seguros para menores. Y resaltó que tendrán un plazo de 30 días naturales para adecuar sus sistemas e informar sobre su cumplimiento.
En la conferencia matutina de este miércoles 14 de octubre de 2026, la presidenta, Claudia Sheinbaum, firmó un decreto sobre “entornos digitales seguros” para niños y adolescentes. El cual, informó, se publica hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Dicho decreto establece que las plataformas digitales deben restringir, desde el diseño, la exposición a contenidos de violencia, acoso o abuso sexual. Así como también retirar de inmediato cualquier material de riesgo en perfiles de menores de edad.
“Tienen que desarrollar todo lo necesario para que así sea. Las plataformas estuvieron de acuerdo; lo único que pidieron fue un mes para poder preparar sus plataformas para que esto sea una realidad, y le vamos a dar seguimiento con la Agencia de Transformación Digital. Si vemos que no se está cumpliendo, entonces pasaríamos a una ley que también implicaría sanciones a las plataformas”. Externó la presidenta.
Por su parte, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, detalló que, durante las reuniones de trabajo con empresas como Meta, Microsoft, Apple, TikTok, Google, X y Huawei, las plataformas reconocieron la necesidad de este instrumento. De igual manera, precisó que se trata de un marco de cumplimiento obligatorio, mas no punitivo, el cual otorga un plazo de 30 días naturales a partir de su entrada en vigor para realizar los ajustes técnicos necesarios y documentar formalmente las medidas adoptadas ante la autoridad.
Ejes Centrales del decreto
Además, indicó que el decreto se fundamenta en el Artículo 101 Bis 3 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Y contempla cinco ejes centrales:
Queda expresamente estipulado que las plataformas digitales no deben permitir a niños y adolescentes el acceso, exposición ni recomendación algorítmica de contenidos, imágenes y videos que generen o promuevan: discursos de odio, extremismo violento; abuso, explotación o violencia sexual; suicidio, autolesiones deliberadas, trastornos alimenticios; violencia en el entorno escolar; acoso y ciberacoso; ciberbullying; conductas ilícitas; y material sexual explícito.
Las empresas deberán garantizar, desde el diseño, entornos seguros de manera predeterminada; identificar y retirar de inmediato cuentas o publicaciones que inciten o generen violencia; clasificar contenidos por edad; verificar la edad de los usuarios; incorporar herramientas de supervisión para madres, padres o tutores. Y habilitar mecanismos accesibles para reportar usuarios o contenidos de riesgo.
Colaboración con autoridades. Las plataformas deberán mantener un punto de contacto disponible 24/7 para requerimientos de información de la autoridad investigadora; preservar y entregar evidencia relevante. Y alertar de inmediato a las autoridades al identificar contenido que atente contra la vida.
Fortalecimiento del acompañamiento y orientación psicológica con la Línea de la Vida (800-911-2000). Y difusión en la comunidad educativa de la guía “El ABC de las emociones” sobre salud mental y uso consciente de redes sociales.
Se instruye a la Consejería Jurídica a instalar una Mesa de Trabajo para coordinar la elaboración de propuestas de regulación que fortalezcan la defensa de menores en entornos digitales. En paralelo, las plataformas digitales deben documentar e informar las acciones implementadas para dar cumplimiento a las disposiciones del presente decreto, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de su entrada en vigor.