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Desde el 2016, la Armada de México cuenta entre sus dispositivos de vigilancia, el RPAS VTOL Acturus T-20 Jump. Un UAV (vehículo aéreo no tripulado) también conocido fuera del terreno militar como “dron”. Éstos dispositivos los usa la SEMAR para prevenir la caza ilegal de la tototaba y de la vaquita marina.
Ahora, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) envió una solicitud a la Secretaría de Marina (SEMAR) para revelar la versión pública del contrato de adquisición de los UAV con la empresa Arcturus UAV LCC.
Estos “drones” fueron adquiridos para dar un mejor seguimiento a la población de la vaquita marina y la totoaba. Así como para evitar la caza ilegal y así contribuir a que la población de esta especie en peligro de extinción pueda recuperarse. Esto último a través de la vigilancia de la zona del Alto Golfo de California donde suele presentarse actividad de pesca furtiva.
“La información requerida es de interés general, pues está relacionada con inversiones estratégicas del Estado mexicano, dirigidas a finalidades ambientales. Específicamente a un programa encaminado a vigilar a la vaquita marina, especie cuyo riesgo de extinción ha avanzado a niveles dramáticos”. Comentó Francisco Javier Acuña Llamas, comisionado del INAI.
“En los últimos tres años, se ha señalado que todas las adquisiciones del pasado se realizaron con algún tipo de vicio o falta de probidad. Por ello (…) es importantísima la clarificación, cada vez que se pueda, hasta donde aguante la liga, estirar lo más posible”. Destacó.
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La SEMAR notificó y detalló el uso que daría a estos dispositivos aéreos no tripulados; sin embargo, no quisieron ahondar en la información de adquisición, clasificando la información como “reservada” por razones de “seguridad nacional”.
Sin embargo, una persona solicitó a la SEMAR más detalles de la adquisición. Y, ante la negativa de la Marina, presentó un recurso de revisión ante el INAI. Allí manifestó la negativa de la SEMAR para compartir la información, incluso a las versiones públicas de los documentos generados “en ejercicio de sus facultades”.
Para facilitar la resolución de esta solicitud, el comisionado Acuña Llamas hizo una petición de información adicional a la Marina. Allí especificó que el documento requerido tiene por objeto la adquisición de un sistema “Arcturus T-20 y Jump”.
“Hicimos un requerimiento de información y verificamos que el personal que suscribió el contrato por parte de la Marina cumplía funciones administrativas, no operativas. No son de los que pueden ser montados en una lancha con un fusil para realizar un operativo, que los pueda poner en riesgo. (…) Tiene que ver con las actividades que realizan de vigilancia y de participación en las tareas de seguridad pública”. Indicó el comisionado.
Se determinó que la clasificación de “información reservada” no puede ampliarse a la totalidad del documento requerido. Sólo a puntos específicos que involucren la privacidad de la identidad de los socios o accionistas. Así como el porcentaje de acciones, aportaciones en capital social y datos personales como domicilio, teléfono y correo electrónico del representante legal y proveedor.
Por lo tanto, Acuña Llamas afirmó que, con esta ponencia, se busca abrir la información. Por lo tanto, determino que, por cuestiones de interés público, los nombres de los accionistas deben darse a conocer.
Finalmente, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la SEMAR. Esto para instruirles que entreguen la versión pública del contrato por la adquisición de los UAV “Arcturus T-20” con la empresa Arcturus UAV LLC.