SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó este jueves que darán una prorroga para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina versión 4.0. Así como también se prorrogará la obtención de la firma electrónica (e.firma) para aquellas personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza.
De acuerdo con el SAT, será hasta el próximo 31 de marzo de 2023 que las personas que emitan CFDI, con complemento de nómina, puedan seguir utilizando la versión 3.3 de los recibos de nómina. Pero a partir del próximo 1 de abril de 2023, sí existirá una penalización en caso de que no se utilice la versión 4.0.
A través de un comunicado, el SAT explicó que, derivador de la Reforma Fiscal 2022, se agregaron nuevos campos obligatorios para el receptor del CFDI. Tal es el caso del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre, razón o denominación social, código postal (del domicilio fiscal) y el uso del CFDI.
Además, el SAT informó que, para que coincidan los datos proporcionados para la emisión del CFDI y los que están en la base de datos del SAT, los contribuyentes que emitan comprobantes fiscales (nómina), podrán seguir haciéndolo como hasta ahora. Es decir, a través de la versión 3.3, que se mantendrá vigente hasta el 31 de marzo del próximo año. Esto, declara el SAT, para que en ese periodo “puedan contar con todos los requisitos previstos en las disposiciones fiscales para la emisión del CDFI en su versión 4.0”.
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Otro de los puntos importantes informados por el SAT, corresponde al uso de la firma electrónica. Sobre ello, la dependencia tributaria declaró que “el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas es una simplificación administrativa y de gestión que permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales de forma rápida, eficaz y sencilla. Sin embargo, deben [los contribuyentes] cumplir con algunos requisitos para tributar en dicho régimen, entre ellos, contar con la firma”.
Para el caso de la e.firma, el SAT comunicó que ésta se podrá conseguir hasta el 31 de marzo de 2023. Por supuesto, esta extensión de tiempo no representará un “incumplimiento” a las disposiciones fiscales. Lo anterior con la intención de que las personas que tributan en el “Régimen Simplificado de Confianza”, cumplan con tener la firma electrónica y sigan aprovechando los beneficios fiscales ofrecidos por este régimen.