Nuevo León
El estado de Nuevo León, gobernado por Samuel García Sepúlveda, se convirtió en la primera entidad, en México, en avalar la incapacidad laboral por menstruación. Con esta iniciativa, las mujeres de Nuevo León que pasen por su periodo menstrual, podrán hacer válida una licencia o incapacidad laboral de, por lo menos, dos días, con goce total de su sueldo.
La medida aprobada supone reformas a los artículos 132, 133 y 169 de la Ley Federal del Trabajo, para permitir que sean viables los «permisos con goce de sueldo» para las mujeres que reciban un diagnóstico certificado relacionado con malestares derivados de su periodo menstrual.
De igual manera, se aplicarán reformas a las fracciones XIX y XX del artículo 6 de la Ley del Servicio Civil. En éstas se indica que las mujeres que tengan malestares de salud durante la menstruación, serán capaces de pedir a sus patrones la licencia o incapacidad laboral para ausentarse temporalmente de sus actividades.
Para que esta licencia sea efectiva, las mujeres deberán contar con un diagnóstico de endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria incapacitante. De esta manera, será plenamente justificable el ausentarse de las actividades laborales sin que esto impacte en sus prestaciones o en sus percepciones.
«Se requiere fortalecer y ampliar la capacidad para informar sobre el inicio de la menstruación, de los servicios y atención que se requieren, así como en reconocer que dicho proceso natural y biológico contrae una mayor responsabilidad en materia de derechos para las mujeres y personas menstruantes». Externó la diputada Nancy Olguín.
Los legisladores explicaron que el periodo menstrual se debe entender como «un proceso biológico y natural de las niñas, mujeres y personas menstruantes en edad reproductiva, donde el útero concluye un proceso de ovulación, manifestándose por medio de un flujo vaginal de sangre y tejido».
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Asimismo, los legisladores señalaron que, con la licencia laboral por menstruación, las mujeres podrán no acudir a sus centros de trabajo. Sin embargo, deberán cumplir con sus obligaciones desde casa, es decir, en la modalidad home office.
Ahora bien, si los malestares son mayores al nivel de imposibilitar las actividades laborales mediante trabajo en casa, las mujeres podrán frenar su trabajo por un par de días, siempre y cuando haya un documento médico que justifique la incapacidad. Dicho documento deberá estar emitido por médicos del sector salud del gobierno estatal o municipal. En caso de contar con un certificado por parte de médicos particulares, éste debe incluir el nombre y cédula del doctor que expida el documento; así como la fecha y el detalle del estado de salud de la paciente.