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Durante la pasada visita del presidente López Obrador a Cuba, los mandatarios de ambas naciones acordaron el envío de un estimado de 500 médicos cubanos a México. El acuerdo de cooperación lo firmaron Jorge Alcocer Varela, secretario de Salud de México y José Ángel Portal Miranda, ministro de Salud Pública de Cuba.
El objetivo de esta colaboración bilateral no sólo está enfocado en proporcionar personal médico o el suministro de vacunas y medicinas. Sino que también buscará desarrollar actividades de cooperación técnica, científica y académica, tanto en la formación de especialistas como en la investigación.
“Ambas dependencias podrán enviar especialistas para prestar sus servicios en prevención, salud pública, atención y telementoría en unidades o instituciones de salud, y podrán proponer y poner a disposición espacios anuales para la formación de especialistas médicos”. Indica el artículo II del documento.
Por si te preguntabas, ¿qué es la telementoría? La Secretaría de Salud Federal cuenta con el Programa Nacional de Telementoría en Salud Mental y Adicciones. A través de esta modalidad, el personal de salud (primer y segundo nivel) tiene la facilidad de conversar con especialistas en la materia para recibir asesoría y orientación que sea de ayuda para sus prácticas clínicas. Esto también se traduce en beneficios a los derechohabientes, pues tendrán a su disposición personal más calificado.
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En cuando al tema de las vacunas y medicinas, se señala que ambas naciones podrán adquirir medicamentos, vacunas y toda clase de equipo médico de manufactura. Esto conforme a sus necesidades y de acuerdo con los procedimientos jurídicos correspondientes.
En temas de investigación científica, se formará un Comité Técnico Regulatorio para llevar a cabo acciones conjuntas. Asimismo, pretenden crear un programa integral para atender a pacientes con diabetes. Este acuerdo entró en vigor desde el día de su firma y se mantendrá activo durante un periodo de dos años; no obstante, podrán realizarse modificaciones en mutuo acuerdo. Y en caso de que alguna de las partes decida dar por terminado el acuerdo, deberá enviar una notificación escrita con 90 días de anticipación.