Cámara de Diputados
Jornada laboral
La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma el artículo 123 constitucional para reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales. La votación reflejó el respaldo mayoritario a la iniciativa impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum. Los artículos no reservados del proyecto se avalaron con 469 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Y, los artículos reservados —que concentraron las propuestas de modificación— obtuvieron 411 votos a favor, 58 en contra y ninguna abstención.
El dictamen, que ahora se turnará a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para los efectos del artículo 135 constitucional, modifica las fracciones IV y XI del apartado A del artículo 123 de la Carta Magna. El nuevo texto constitucional establecerá que “la jornada laboral será de cuarenta horas semanales”. Y que “por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro”.
La discusión en lo particular convocó a diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y Movimiento Ciudadano, quienes presentaron diversas reservas al dictamen original. No obstante, en un giro que facilitó la rapidez del proceso legislativo, todas las propuestas de modificación fueron retiradas, se solicitó su publicación en el Diario de los Debates o no fueron admitidas a discusión, siendo finalmente desechadas.
La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Kenia López Rabadán, instruyó que el resto de las propuestas de modificación registradas para su discusión en lo particular del dictamen y que no fueron presentadas en tribuna sean inscritas íntegramente en el Diario de los Debates, como medida de certeza para sus proponentes y para la ciudadanía.
Uno de los aspectos centrales del proyecto aprobado es su gradualidad. El régimen transitorio establece un calendario de implementación que permitirá a los sectores productivos adaptarse a las nuevas disposiciones sin afectar la estabilidad económica. A partir del 1 de enero de cada año, la jornada laboral máxima se reducirá de la siguiente manera: 2026 (48 horas semanales), 2027 (46 horas), 2028 (44 horas), 2029 (42 horas) y, en 2030, quedará en 40 horas por semana.
El dictamen subraya un punto crucial para los trabajadores: “En ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras”. Esta precisión busca despejar las dudas que sectores empresariales habían manifestado durante el debate público sobre la reforma.
El decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el Congreso de la Unión dispondrá de un plazo de 90 días a partir de esa publicación para realizar las reformas necesarias a la legislación secundaria. Lo cual permitirá adecuar el marco legal a los nuevos preceptos constitucionales.
La reforma también establece disposiciones específicas para el trabajo extraordinario. Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, las empresas deberán abonar como salario por este tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias.
El texto constitucional precisa que “el trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana. Las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo”. En caso de que la prolongación del tiempo extraordinario supere estos límites, la persona empleadora estará obligada a pagar doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria, conforme a lo señalado en la ley de la materia.
Como medida adicional de protección, se establece que las personas menores de dieciocho años no podrán laborar tiempo extraordinario, reforzando el marco de derechos para la población trabajadora más joven.
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En sus considerandos, el dictamen aprobado sitúa la reforma en el contexto del derecho internacional del trabajo. La iniciativa es presentada como “un paso firme en el reconocimiento y cumplimiento de las recomendaciones desarrolladas por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo”. Y ubica al país “en el camino de abatimiento de desigualdades y en la congruencia de los postulados que emanan de convenios y acuerdos internacionales”.
El proyecto sostiene que “el derecho de todas las personas trabajadoras a disfrutar del descanso es una oportunidad de lograr mejores estadios de productividad en todos los ámbitos de la sociedad”. Bajo esta premisa, la reducción de la jornada laboral se presenta como una medida que fortalece el ecosistema laboral, garantiza los derechos de las personas trabajadoras mexicanas y protege la productividad de las empresas.
La argumentación legislativa enfatiza los beneficios esperados: contribuirá a reducir la fatiga laboral, prevenir accidentes y mejorar la salud y seguridad en el trabajo, así como fortalecer el equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral. Estos efectos, según el dictamen, tendrán impactos positivos tanto en el bienestar laboral como en la productividad, en beneficio de 13.4 millones de personas trabajadoras mexicanas.
El documento puntualiza que “la reforma constitucional coloca en el centro el bienestar de las personas trabajadoras sin descuidar la productividad y la estabilidad económica del país”. Una fórmula que busca equilibrar los intereses de los distintos actores del mundo del trabajo. Con esta visión, la reforma pretende consolidar “una transformación histórica del mundo del trabajo” en México.