Claudia Sheinbaum
Feminicidio
En la conferencia matutina de este miércoles 15 de julio, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, firmó y envió al Congreso de la Unión una iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el daño por el delito de feminicidio. Con ello se busca garantizar que no haya impunidad a través de la homologación, en todo el país, de los mecanismos de investigación y de las sanciones a este delito.
“Lo que tenemos que garantizar para erradicar el feminicidio en nuestro país es, por un lado, la prevención, atención, conocimiento, educación y formación a través del reconocimiento de la igualdad entre hombres y mujeres. Y el trato digno entre las personas, la no discriminación, y no al machismo como también cero impunidad frente al delito de feminicidio”. Externó la mandataria mexicana.
“Esta ley lo que hace es garantizar que en todas las fiscalías trabajen igual el delito de feminicidio, evitar al máximo que pueda ser catalogado como suicidio, que, si se conoce la presunción del culpable de quien cometió este delito que, lamentablemente en la mayoría de los casos es un familiar. Esta Ley General garantiza que todo eso pueda disminuirse al máximo y que realmente tengamos cero impunidad frente a los feminicidios”, agregó.
Sheinbaum destacó que, como la primera mujer presidenta del país, asumió la responsabilidad de proteger a las mujeres contra la violencia. Por ello se llevó a la Constitución los derechos de las mujeres: la igualdad sustantiva, el derecho a una vida libre de violencia y la eliminación de la brecha salarial.
Asimismo, externó que el delito de feminicidio registra a la fecha una reducción del 36 por ciento respecto a 2021. No obstante, indicó que el objetivo es que “no haya ni un solo feminicidio en el país”.

La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, señaló que la iniciativa de ley homologa el tipo penal en todo el país. Así, se establece que: “comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”.
También establece 10 razones, como, por ejemplo: signos de violencia sexual, antecedentes de violencia contra la víctima, delito motivado por estereotipos o prejuicios, contextos de asimetría de poder, entre otros. Se indica una pena de 50 a 70 años de prisión. Se establecen 19 agravantes que aumentan la pena en una mitad: la víctima esté embarazada o viva con discapacidad; sea periodista, defensora de los derechos humanos o migrante; se cometa por una persona funcionaria pública y la víctima presenta signos de violencia como ataques con ácido o sustancias inflamables.

“Adicional a la pena privativa de libertad, el responsable también perderá derechos sucesorios, la tutela, curatela, guarda y custodia. Perderá la patria potestad; será destituido e inhabilitado para el desempeño de cualquier cargo público. Se prohíben excusas absolutorias o atenuantes por el delito de feminicidio; el delito, su sanción y la reparación de daño son imprescriptibles, no proceden criterios de oportunidad, conmutación de pena, libertad condicionada, ni amnistías”, dijo.
Por su parte, la titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Maribel Bojorges, resaló que esta iniciativa parte de la premisa fundamental de investigar, con la debida diligencia, el feminicidio. Lo cual se deberá realizar con perspectiva de género, la debida diligencia reforzada, los análisis de contexto de violencia, la preservación adecuada de indicios y una coordinación entre instituciones de seguridad, procuración de justicia. Y, sobre todo, la atención a víctimas.
Se establece que la Unidad o Fiscalía Especializada que inició la investigación, así como el Ministerio Público adscrito a la misma, deberán intervenir de manera continua en todas las etapas del procedimiento penal desde su inicio y hasta la ejecución de las sanciones. Esto para garantizar la debida diligencia, la continuidad procesal y la protección integral de los derechos de las víctimas. Además, la ley dispone derechos de las víctimas a la reparación integral del daño, el establecimiento de coordinación institucional y el establecimiento de políticas públicas.

La subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias de la Secretaría de las Mujeres, Ingrid Gómez, compartió que la ley también reconoce los derechos de las víctimas, como lo son: acceso a la verdad y la justicia, atención médica y psicológica de urgencia para sobrevivientes y víctimas indirectas, asistencia jurídica especializada y gratuita, atención integral para niños y adolescentes en orfandad, restitución o entrega del cuerpo de manera digna, respetuosa y asistida, servicios de traducción e interpretación.
Ingrid Gómez resaltó que se contempla la reparación integral del daño, la cual deberá ser transformadora, adecuada, efectiva, rápida y proporcional. Además:
Añadió que se implementa una serie de políticas públicas articuladas por el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia. Las cuales tienen por objeto verificar y promover que, en todos los estados, existan los elementos institucionales, normativos y estructurales de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia feminicida. Asimismo, pondrán en marcha campañas de concientización e información para prevenir el delito de feminicidio; crearán grupos técnicos de apoyo y el Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio; actualizarán los registros de feminicidios a nivel nacional; y se establecen Planes Integrales de Protección para víctimas sobrevivientes.
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Finalmente, señaló que el Gobierno de México tiene multiservicios en apoyo a las mujeres: mil Centros LIBRES, 85 Centros de Justicia, 99 espacios de refugio y la línea 079 opción 1. Así como mil 200 mujeres que conforman la red de Abogadas de las mujeres en todo el país.